El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), junto con la DIGESETT, reiteró este viernes que está prohibido que ciudadanos o negocios reserven espacios de estacionamiento en calles o avenidas mediante conos, letreros o cualquier tipo de obstáculo, práctica que calificó como una violación directa a la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
Según el comunicado, “las calles y los espacios públicos no pueden ser apropiados por particulares, ya que están destinados al tránsito libre y seguro de personas y vehículos”, tal como indica el artículo 5, numeral 52 de la normativa vigente.
Asimismo, toda señalización de tránsito debe ser colocada exclusivamente por las autoridades competentes: “Toda señal o letrero no autorizado se considera ilegal y está sujeto a remoción”, señala el texto, citando los artículos 9, numerales 17 y 29.
El INTRANT advirtió que, al recibir denuncias o identificar estas prácticas, sus equipos, junto con la DIGESETT, proceden a notificar a los responsables para que retiren los objetos. De no hacerlo, se incautan y se aplican las sanciones correspondientes, de acuerdo con el artículo 237 de la ley.
En situaciones en las que se presentan problemas reales de congestión o uso indebido del espacio vial, la entidad coordina con el ayuntamiento local para evaluar técnicamente la zona y proponer soluciones, como zonas de estacionamiento autorizadas o el rediseño del flujo vehicular, siempre bajo principios de equidad y funcionalidad urbana.
“El espacio público es de todos y debe ser utilizado con respeto .
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